Delitos leves

Delitos leves

En nuestro ordenamiento jurídico, los antiguos juicios de faltas son los nuevos delitos leves; aunque estos tienen algunas diferencias. 

El primer rasgo diferencial entre los delitos leves y los juicios de faltas es que los primeros suponen la generación de antecedentes penales, algo que no se contemplaba con los juicios de faltas.

Entonces, ¿qué son los delitos leves?

Desde González Sánchez & Partners queremos dejaros una lista de lo que podría suponer un delito leve:

  • Hurto por una cuantía inferior a 400€
  • Distracción de aguas con utilidad inferior a 400€
  • Estafas por una cuantía inferior a 400€
  • Sustracciones de cosas muebles propias
  • Alteración de lindes con una utilidad inferior a 400€
  • Administración desleal con perjuicios inferiores a 400€
  • Daños por cuantías inferiores a 400€
  • Apropiación indebida de valores, efectos o dinero por una cuantía inferior a 400€
  • Apropiación indebida de cosas muebles ajenas por una cuantía inferior a 400€
  • Defraudación de gas, telecomunicaciones, luz o agua por cuantías inferiores a 400€
  • Uso de moneda falsa por cuantía inferior a 400€
  • Usos indebidos de telecomunicaciones ajenas con perjuicios inferiores a 400€
  • Utilización de sellos de correos falsos o su distribución por cuantías inferiores a 400€
  • Amenazas leves
  • Lesiones leves
  • Coacciones leves
  • Golpeo o maltrato de obra
  • Uso indebido de uniformes o insignias de carácter oficial
  • Delito de allanamiento
  • Ocupación de inmuebles 

Algunos de los delitos de esta lista pueden suponer, además de multas, penas de prisión. En González Sanchez & Partners podemos ayudarte. Contacta con nosotros y te atenderemos de forma personalizada.

 

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