¿Las entidades bancarias cobran comisiones ilegales? Continúa leyendo para descubrirlo.
Hoy en día es difícil imaginarse una unidad familiar que no cuente o no haya contado nunca con una tarjeta de crédito como elemento auxiliar para afrontar las posibles dificultades económicas.
Aún así, dichas tarjetas de crédito han supuesto numerosos debates en materia del derecho bancario y han dado verdaderos dolores de cabeza a algunos consumidores que se han topado con comisiones ilegales.
En el blog de hoy queremos hablaros de estas comisiones ilegales y de cómo los profesionales del mundo jurídico han intentado encontrar un equilibrio y mediar en nuestros tribunales.
Puede que ya se te haya venido a la cabeza el caso de la sentencia de marzo de 2020 en la que nuestro Tribunal Supremo declaró que todas las tarjetas de crédito que superasen el 20% TAE eran susceptibles de declararse nulas por imponer unos intereses demasiados elevados que el consumidor no pudiera hacer frente.
Aunque no queremos centrarnos en el caso de las tarjetas revolving, en el blog de hoy nos centraremos en otro tipo de comisiones ilegales que como consumidor debes tener en cuenta.
Comisiones ilegales por disposición de efectivo en cajeros automáticos
Es común que los bancos cobren una cantidad de dinero a modo de comisión por la retirada de dinero en efectivo de sus cajeros automáticos y sí, es legal. Dicha comisión oscila entre 3€ y un máximo de un 5% del dinero retirado, y es muy diferente entre los diferentes bancos con los que contamos en España.
Estas comisiones son en principio totalmente legales, como hemos apuntado anteriormente, pero los bancos tienen la obligación de comunicar y justificar el motivo de dicha comisión. El caso es que esto no ocurre en numerosas ocasiones, por lo que se comete una ilegalidad.
Gracias a la entrada en vigor del Real Decreto-ley 11/2015, de 2 de octubre, se pudieron establecer unas normas para la regulación de las comisiones por la retirada de dinero en efectivo de los cajeros automáticos, utilizando una tarjeta de crédito.
Por lo explicado anteriormente, afirmamos que si la retirada de dinero en efectivo no supone ningún gasto, las entidades bancarias no podrán cobrar legalmente dichas comisiones por este tipo de operaciones. En el caso de que sí suponga algún tipo de gasto, este hecho deberá de estar justificado para poder cobrar legalmente las comisiones pertinentes pero, en ningún caso se podrá obtener beneficios a costa de los clientes.
Comisiones ilegales por impagos en las cuotas de las tarjetas de crédito
Volviendo a la cuestión de la legalidad de las tarjetas revolving, es común que en muchas ocasiones los consumidores no puedan hacer frente a algunas cuotas de dichas tarjetas, por lo que, debido al retraso de los pagos, las entidades bancarias responden automáticamente con un cobro que ronda los 50€.
Este importe se relaciona directamente con la finalidad de obtener un gran beneficio por el retraso del pago de la tarjeta, y no tiene ningún valor relacionado por alguna gestión que tenga que realizar el banco.
Es por ello por lo que el Tribunal Supremo citó su Sentencia 3315/2019, de 25 de octubre de 2019, por la que señala que estas comisiones son realmente ilegales si no se retribuyen a un servicio real prestado al cliente.
En conclusión, si cuentas con una tarjeta de crédito, te aconsejamos que tengas mucho cuidado con las entidades bancarias y sus comisiones abusivas, ya que muchas de ellas pueden ser ilegales.
Desde nuestro despacho de abogados González Sánchez & Partners, podemos ayudarte en la defensa contra estas comisiones ilegales. No dudes en contactarnos si necesitas nuestros servicios.